“SER HUMANO, SOCIEDAD Y DERECHO”
“SER HUMANO, SOCIEDAD Y DERECHO”
En el mundo encontramos solamente objetos y sujetos.
El ser humano, considerado en forma individual, sea persona natural o jurídica,
es el sujeto. Además, el ser humano no puede ser sin la sociedad, ni esta puede
ser sin el derecho. Asimismo, con la palabra derecho nos referimos tanto a las
reglas de conducta en sentido objetivo, como a las facultades o prerrogativas
en sentido subjetivo. El ser humano está inserto en varios grupos sociales, no
solo en el estado; cada uno requiere y cuenta con un conjunto ordenado de
reglas de conducta para los asociados. El derecho, presupone una forma de
agregación, de lo cual se sigue que él, la sociedad y el ser humano, son
interdependientes. El ser humano, ha ido gradualmente adquiriendo conciencia de
las ventajas de la convivencia ordenada en una sociedad civil, pues de esta se
deriva la disciplina del comportamiento de los asociados en la vida de relación.
NOCIÓN
GENERAL DEL OBJETO. –
Objeto es todo aquello que el ser humano puede
encontrar en el mundo. Es decir, todo lo que existe para el conocimiento del
sujeto o pueda servir de materia. No hay objeto sin sujeto, ni este sin objeto.
La existencia humana es un constante quehacer con los objetos, su infinita
variedad ha dado lugar para que se elabore una estructuración en la complejidad
óptica del universo en diversas regiones del ser.
LAS
REGIONES DEL SER QUE INTEGRAN EL UNIVERSO. -
El universo es una superposición abigarrada de
objetos diversos que están básicamente unidos, pero no todos poseen la misma
razón de ser. La diversidad de objetos ha dado origen a grandes fragmentaciones
o zonas ontológicas regionales que son:
Seres
naturales materiales; estos existen en el espacio y en el tiempo, se
accede a ellos mediante los sentidos. Sus características son la especialidad y
la temporalidad. Son estudiados por las ciencias naturales como la física, etc.
Seres naturales
síquicos; están en el tiempo, pero no en el espacio. Sus
características son la temporalidad y la inespacialidad. Son estudiados por la
sicología, esta ciencia estudia los mecanismos emocionales de la vida interna. Seres ideales o
irreales; estos no tienen existencia en el tiempo ni el espacio,
no están en la experiencia sensible del sujeto, no son objetos individuales
sino generales y abstractos como los números, algo intemporal e espacial. Seres culturales o
humanos; todo aquello que en los planos material y
espiritual el ser humano construye sobre las bases de la naturaleza, a fin de
modificarla o de modificarse a sí mismo. está vinculada con la naturaleza.
La vida humana es búsqueda constante de valores con
miras a la realización de ciertos fines que pretende alcanzar. De ahí la
naturaleza de la axiología, la teoría de los valores; y la teleología, teoría
de los fines. En otras palabras: son objetos culturales los productos de la
actividad humana y esta por sí misma. El valor es una noción de relación; que
surge de la relación apreciante con el sujeto; de allí la relatividad del
concepto valor: lo que es valioso para unos puede no serlo para otros. En los
objetos culturales existen dos elementos: un substrato o soporte material, en
los que se encarna un sentido espiritual valioso. Este soporte material de la
conducta humana es el propio ser humano.
Los objetos culturales asignan el método de estudio
empírico – dialectico. Lo empírico se debe a que los objetos culturales están
en la experiencia y lo dialectico a que el acto de conocimiento no consiste
solo en inducciones o deducciones, sino en ir del substrato del objeto hacia su
sentido y viceversa, hasta lograr la comprensión. Como diferencia, en el
conocimiento natural el objeto permanece fuera del sujeto y en el conocimiento
de la cultura, el sujeto penetra en el objeto para verlo desde dentro. Con las leyes culturales, no sucede lo mismo,
pues si una persona mata a otra, no por eso se destruye la ley penal que
castiga el homicidio. Las leyes culturales se refieren a los valores y adecuan
los medios a los fines. Sin embargo, no todas tienen la misma naturaleza, unas
son enunciados de juicios de valores que se basan en la observación y otras son
leyes éticas reguladoras de la conducta humana social.
LOCALIZACIÓN
ONTOLÓGICA DE LA VIDA HUMANA. -
La
naturaleza Ontológica del hombre gira en torno a la sociabilidad que es un
hecho de experiencia común. Cabe mencionar que existe una inclinación natural
del hombre a vivir en sociedad. El hombre no se basta a sí mismo para atender a
las necesidades de la vida; precisa de la ayuda de los otros para conocer lo
que necesita para su subsistencia y procurárselo; es esencialmente
comunicativo, como lo demuestra el hecho del lenguaje.
Y lo
más importante de nuestro análisis es que todo ser humano para poseer y
ejercer la voluntad hace falta tener intenciones y, por ende, que
seamos conscientes, que tenemos conciencia. Nuestra mente opera analizando las
posibilidades, viendo sus pros y sus contras. Luego, compara todas las
posibilidades analizadas, es decir, delibera. Más tarde, selecciona la acción
concreta que quiere ejecutar e intenta ejecutarla con mayor o menor éxito.
Según el autor Jean Paul Sartre subrayó especialmente la
libertad que es la caracterización del ser humano. El menciona de un modo
muy expresivo, que el ser humano está “condenado a ser libre”. Quería
decir que la libertad es una propiedad esencial en la definición de ser humano.
El hombre es libre, aunque esté influido por muchos factores, factores que
deberá tener en cuenta en cada momento de su vida.
“DISCIPLINAS
QUE ESTUDIAN EL DERECHO”
El
derecho es una realidad social, de una importancia tan evidente en todos los
órdenes de la vida social. Se puede ver de varios puntos de vista como
Sacerdotes, Moralista, Filosofo del Derecho, Abogado, historiador del Derecho,
sociólogo del derecho, economista. Habla cómo aplicar la disciplina en todos
ellos. La filosofía del derecho forma parte de una determinada filosofía
general, puesto que ofrecer reflexiones filosóficas acerca de los fundamentos
generales del derecho. Pueden derivar de una posición filosófica
existencia característica de la historia de la filosofía del derecho y también
muy natural. La vida en sociedad obliga al hombre a mantener con sus semejantes
relaciones múltiples y de manera compleja que son, a veces, causa de conflictos.
El
derecho no tiene existencia de una realidad social, para un modelo jurídico es
imprescindible conocer la verdadera naturaleza del orden social, exige buscar
fuera de la ciencia jurídica los criterios que permiten enjuiciar adecuadamente
al derecho. Impulsa al comportamiento el interés individual, que como todo lo
humano totalmente sometida a la opinión general.
El
sentido objetivo del derecho positivo es lo que diferencia a la ciencia
jurídica en sentido estricto de la historia del Derecho comparado, de la
sociología y la psicología jurídicas, disciplina que versan sobre la existencia
del derecho y sobre todos los hechos de la vida jurídica. El Derecho
comparado es la comparación las costumbres antiguas juristas. No existe un
derecho comparado como tal en tanto quede objeto de la investigación jurídica.
No se compara solamente las normas, sino fundamentales realidades sociales
reguladas por esas normas.
La sociología; Un sistema de pensamientos y conceptos que utiliza el científico dogmático del derecho. Un complejo de motivaciones efectivas del actuar humano real o en otras palabras un complejo de máximas que operan como precisas determinaciones en el pensamiento de los seres humanos.
La sociología; Un sistema de pensamientos y conceptos que utiliza el científico dogmático del derecho. Un complejo de motivaciones efectivas del actuar humano real o en otras palabras un complejo de máximas que operan como precisas determinaciones en el pensamiento de los seres humanos.
En conclusión, el derecho puede
facilitar o dificultar la realización de la libertad humana o cualquier otro
fin o valor del derecho. La justicia del derecho tiene que ver con la manera en
que las normas jurídicas y las instituciones garantizan y protegen los derechos
humanos y desarrollan los procedimientos democráticos. El derecho es parte de
la cultura de una sociedad y presenta rasgos culturales específicos que
atienden al tiempo histórico y al espacio geográfico, al igual que a la familia
jurídica en la que se integra ese derecho concreto.
comenzamos a
conocer algunos rasgos generales del derecho lo que en realidad es,
en que consiste, cuál es su modo de
ser, la cual nos dice que en los albores de la
humanidad reina la guerra, la violencia, la venganza. La colectividad impone en
aras de la paz el pacto o composición entre las partes. Cuando no se ponen de
acuerdo se vuelve a la venganza, deciden los dioses en las ordalías y actos
mágicos o los sacerdotes interpretan la voluntad divina.
El
Derecho al actuar sobre las diversas relaciones entre los hombres, y de éstos
con el Estado y los entes públicos y privados, se divide en ramas disciplinas
jurídicas en atención a los ámbitos en los que se desarrolla.
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